Buscan dejar sin efecto ordenanza municipal que prohíbe ejecutar obras en humedales de Panguipulli
A través de un reclamo de ilegalidad presentada ante Contraloría, se busca anular la ordenanza municipal que prohíbe ejecutar cualquier tipo de obra de construcción en los humedales rurales de la comuna.
En febrero de este año, el Concejo Municipal de Panguipulli aprobó la norma consignada como “Ordenanza Local de Humedales Rurales”, tras una propuesta presentada por la encargada del Departamento de Medio Ambiente de la casa edilicia.
Según consigna la ordenanza, esta tiene como fin “establecer un marco normativo para la protección, conservación, preservación y/o restauración de los humedales rurales ubicados en la comuna de Panguipulli, ya sea que se encuentren bienes nacionales de uso público o inmuebles privados”, esto considerando los diversos componentes ambientales que hay en los ecosistemas como la flora y fauna, geología, recursos hídricos, entre otros.
Junto a lo anterior, esta normativa prohíbe “cualquier actividad que sea incompatible con la protección de los humedales mencionados y delimitados en este instrumento que supongan un peligro para el ecosistema o cualquiera de sus elementos o valores”, entre las que incluye la ejecución de todo tipo de obras como edificaciones, construcciones, fosas, etc.
No obstante, esto generó de inmediato un conflicto que derivó en Contraloría justamente por esta restricción mencionada.
Marcelo Vargas, abogado de las personas que tienen propiedades en el radio de los humedales, afirmó que identificaron una serie de irregularidades por parte del municipio, quienes ejecutaron acciones que les corresponde a otras entidades como la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena (CONADI).
“Nosotros la estudiamos porque nos dimos cuenta que tenía varias ilegalidades, principalmente, se arroga la Municipalidad facultades que son de CONADI, en el sentido que determina una zona de resguardo ancestral de sitio ceremonia ancestral mapuche, en un radio de más o menos 12 mil metros cuadrado, entonces esas no son facultades de la Municipalidad y a través de una ordenanza no podría dictar esas normas porque son privativas de otros organismos públicos”, explicó Vargas.
Por este motivo, presentaron un reclamo de ilegalidad ante Contraloría y el municipio. Con esto, Vargas detalló que, “nosotros lo que queremos que se deje sin efecto esta ordenanza, en la parte pertinente que nos afecta a nosotros como propietarios y a mis representados que son propietarios que tienen inmuebles al interior de este radio”.
A lo anterior, recalcó que, “no estamos nosotros en contra de que se regulen los humedales rurales, todo lo contario, a nosotros incluso nos favorece que se protejan”, pero agregó que no se pueden “establecer zonas de culto ancestral en lugares donde nunca ha habido”, apuntando a que esa es tarea de la CONADI y no de la Municipalidad de Panguipulli.
Por último, apuntó sus dardos al municipio que habría entregado un permiso de edificación en la zona en cuestión.
“La misma Municipalidad había entregado permisos de edificación en esos inmuebles, entonces ahora aparece esta ordenanza y tenemos conflicto con los permisos de edificación que fueron otorgados con anterioridad. Eso demuestra que esos lugares, específicamente el humedal Chankafel, que está ubicado en Coñaripe, no fue, nunca ha sido el lugar de ceremonial mapuche o lugar ancestral de resguardo, sino que fue un invento de la Municipalidad, donde se dejó presionar por las comunidades mapuches del sector”, dijo Vargas.
En cuanto esto último, el jurista afirmó que al Alcalde Pedro Burgos “le falta el carácter necesario”.
También criticó al Concejo Municipal y al propio edil, dado que, relacionándolo con la ordenanza que la Corte Suprema dejó sin efecto, “se equivocan en la forma de poder dictar estos instrumentos que la verdad que no tienen más competencias que la propia ley les genera y le mandata a la Municipalidad”, las cuales les corresponde a otras entidades.
RioenLinea intentó comunicarse con la Municipalidad de Panguipulli para obtener un pronunciamiento. Sin embargo, al cierre de esta nota, no fue posible conseguir una respuesta.