Carabineros son condenados por apremios ilegítimos tras fracturar a detenido en Valdivia
Culpables del delito de apremios ilegítimos fueron declarados tres carabineros, quienes en febrero del 2018 detuvieron a un joven y le causaron una fractura en uno de sus brazos, tras detenerlo y agredirlo en el retén de Isla Teja de Valdivia.
Con la revisión de cámaras de seguridad, exámenes médicos, el contenido de un sumario y la declaración de testigos, el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Valdivia emitió un veredicto condenatorio en contra de Richard Enky Henríquez Riveros, Luis Alejandro Tapia Valdés, y Miguel Orlando Schencke Mera, funcionarios policiales en la época.
En la etapa de juicio, cometieron el delito el sábado 24 de febrero del 2018, tras un control de identidad a la víctima por infracción a la ley de alcoholes. Le causaron graves lesiones luego de llevarlo a dicha unidad policial, las que según la justicia fueron efectuadas con alevosía y actuando sobre seguro.
“Richard Henríquez Riveros, cabo primero de carabineros, realizó maniobra indebida de reducción, al tomar el brazo izquierdo de la víctima en elevación y torsión, realizando así un movimiento tipo palanca, mientras que Miguel Orlando Schencke Mera, cabo primero de carabineros, tomó a la víctima y se colocó sobre el cuerpo de la víctima que se encontraba sobre una banca de cemento, ejerciendo presión sobre el cuerpo de ésta quien mantenía su brazo izquierdo en elevación y torsión por el movimiento tipo palanca que estaba ejerciendo el cabo primero Henríquez Riveros, resultando de lo anterior lesiones graves. Maniobra desproporcionada, irregular y conscientemente abusiva”, se lee en el fallo del tribunal.
Además, el veredicto establece que todas estas acciones “fueron observadas por el sargento primero Tapia Valdés, quien no impidió o no hizo cesar la aplicación de los apremios ilegítimos descritos (…) teniendo la facultad o autoridad necesaria para ello, por ser jefe de turno y el más antiguo entre los participantes”.
Junto con aquello, la justicia resolvió que el actuar de los uniformados se realizó con dolo directo, “por el conocimiento del comportamiento riesgoso lesivo al bien jurídico por cada uno de los autores, que se sostiene por el alto riesgo de las acciones desplegadas, en uso del poder dado por su autoridad; en la debida experiencia e instrucción de los autores; y una motivación de someter y doblegar a un ciudadano, en forma ilegítima, no autorizada por el derecho”.
Con esta resolución, el tribunal programó la audiencia de lectura de sentencia para la tarde de este martes. La Fiscalía está solicitando la pena de cuatro años de presidio menor en su grado máximo, para cada uno de los autores del delito.