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Educación Viernes 28 de Diciembre de 2018 | Publicado a las 11:33 | Actualizado a las 11:33

Corte Suprema decide que docente de la UACh acusado de acoso sexual no podrá ser despedido

Publicado por: Germán Pérez
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Fotografía de archivo: Manifestación contra Yáñez | RioenLinea

En un fallo dividido la Corte Suprema decidió confirmar la decisión de la Corte de Apelaciones de Valdivia, que declaró “arbitraria” la medida de despido que impuso la Universidad Austral de Chile, que fue sancionado por un caso de acoso sexual grave contra una funcionaria.

El académico de la Facultad de Ciencias de la UACh, Alejandro Yáñez, durante este año fue sancionado con medidas administrativas tras ser hallado culpable por acoso sexual grave a una funcionaria, lo que desató un vendaval de manifestaciones, que obligaron a la Rectoría a cambiar su decisión y tras convocar a un Consejo Académico Extraordinario, se determinó despedirlo.

Ante ello, Yáñez, recurrió de protección ante la Corte de Apelaciones de Valdivia, a cuyo tribunal accedió argumentando que la medida adoptada con posterioridad por la UACh, fue “arbitraria”, porque ya se le había aplicado una sanción previa.

Es por eso, que la UACh apeló ante la Corte Suprema y el máximo tribunal del país en un fallo pronunciado por la Tercera Sala integrada por los Ministros Sergio Muñoz, María Eugenia Sandoval, Carlos Aránguiz, Arturo Prado y Ángela Vivanco, decidió confirmar el fallo de la Corte de Apelaciones de Valdivia.

Eso sí, los magistrados Aránguiz y Prado, fueron los votos disidentes, quienes fueron de parecer de revocar la sentencia en alzada y, en su lugar, rechazar el recurso de protección por estimar que, al existir un procedimiento especialmente establecido por la ley para discutir y resolver ante tribunales especializados acerca de la procedencia y de la legalidad y razonabilidad de los motivos que se invocan para justificar del despido, la acción constitucional no es la vía adecuada –a juicio de los dos ministros- para decidir sobre tales materias.

En su fallo, la Corte Suprema, esgrime en el cuarto punto que la UACh adujo para el despido de Yáñez, necesidades de la empresa porque la medida era necesaria para restablecer el clima laboral e institucional y resguardar la imagen institucional. Sin embargo, en su informe al tribunal detalló que convocó el Consejo Académico Extraordinario del 23 de abril de este año, para informar la imposibilidad de aplicar las sanciones del sumario, por la amplia oposición de estudiantes y académicos.

Es por ello, que la Suprema desprende que “el real motivo del despido no fue la causal invocada de necesidades de la empresa, sino una diversa, no invocada por los órganos colegiados que la adoptaron y, por ende, desconocida, pero que aparece relacionada con el interés de las autoridades universitarias de ceder a las presiones ejercidas por la comunidad académica y del estudiantado, grupos que se mostraron insatisfechos con las medidas adoptadas como consecuencia de la investigación interna desarrollada por la recurrida, por no incluir la desvinculación del actor”.

Asimismo, se explica que “la falta de expresión de los reales fundamentos en que se sustenta el despido del actor, lo convierte en un acto inmotivado y, por lo mismo, arbitrario, e importa una discriminación en su contra”.

Con esta determinación adoptada por la Corte Suprema, Alejandro Yáñez, podrá seguir vinculado a la casa de estudios superiores.

  • Revisa el fallo de la Corte Suprema

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