Dueño de predio deberá pagar multa y reforestar con especies nativas por tala ilegal en Valdivia
La Corte de Apelaciones de Valdivia ordenó al dueño de un predio ubicado en el acceso sur a Valdivia, a pagar una multa y a reforestar con especies nativas, debido a una tala ilegal.
El 23 de septiembre de 2021, en el contexto de una fiscalización realizada a este predio ubicado en el sector de Vuela la Culebra, al sur de Valdivia, en el marco de obras civiles, se detectó por parte de la Corporación Nacional Forestal la tala de bosque nativo en una superficie aproximada de 0,1 hectáreas, de especies como coigüe, avellando arrayán, canelo y melí.
La Corte de Apelaciones de Valdivia acogió la denuncia interpuesta por la Corporación Nacional Forestal, Conaf, y condenó al dueño del predio a pagar una multa de $927.000 y a reforestar con, al menos, 300 especies nativas de buena calidad, sector de bosque nativo talado ilegalmente.
En fallo unánime, la segunda sala del tribunal de alzada –integrada por la ministra María Soledad Piñeiro, la fiscal judicial María Heliana del Río y el abogado (i) Alejandro Durán– revocó la sentencia apelada y ordenó a la parte denunciada contar e implementar plan de manejo de bosque nativo, el que debe ser aprobado por el ente fiscalizador.
“Teniendo en consideración la prueba rendida y particularmente la declaración del denunciado don Juan Francisco Vásquez Gómez, tanto en su indagatoria por escrito (fojas 65) como en el comparendo (fojas 80), el denunciado reconoce los hechos denunciados expresamente al indicar que hubo tala y que se realizó estando pendiente la resolución del plan de manejo. Agregó que aquello ocurrió por una descoordinación entre las personas contratadas para esa tarea e instrucciones impartidas por su hijo. No señaló falta de conocimiento sobre el proceso, pero sí que no fue una actuación dolosa, agregando que pudo existir negligencia”, sostiene el fallo.
La resolución agrega que con estos antecedentes y de “(…) forma independiente de la existencia o no de un proceso de petición y aprobación de plan de manejo, se constató un hecho ilegal, cual es la tala de bosque nativo sin contar con plan de manejo, situación que amerita la sanción contemplada en la ley”.
“Que al encontrase acreditado el presupuesto infraccional, existiendo una relación de causalidad entre el incumplimiento de las medidas de seguridad y las lesiones sufridas por la víctima, se debe determinar los perjuicios que han sido probados en la causa”, añade la sentencia.
Para el tribunal de alzada, “(…) tampoco ha operado el silencio administrativo que se invocó en la sentencia”.
Por tanto, se resolvió revocar la sentencia de primera instancia y acoger la denuncia presentada en contra de Vásquez, aplicándole una multa de 927 mil pesos y para “(…) reparar el daño al medio ambiente deberá reforestar con al menos 300 plantas nativas de buena calidad (altura, diámetro, buena formación circular etc.) de las especies cortadas o de otras afín al tipo forestal cortado en una superficie de 0.1 hectáreas igual a la cortada o explotada, según plan de manejo que deberá presentar, procurando la subsistencia de al menos el 75% de las especies, al año de realizada”, concluye el fallo.