Ex carabineros son acusados por homicidio consumado y frustrado en Lago Ranco durante la Dictadura
Dos ex funcionarios de Carabineros fueron acusados por los delitos de homicidio calificado y homicidio frustrado, en carácter de lesa humanidad, por hechos ocurridos en Lago Ranco durante la Dictadura Cívico-Militar.
Fue en enero de este año cuando el ministro Álvaro Mesa, encargado de ver las causas por violaciones a los derechos humanos durante la Dictadura en Los Ríos, decidió procesar a Mamerto Tercero Ávila González y Carlos Emilio Galindo Ruiz, sindicados como los responsables en los delitos de homicidio calificado contra Roberto Eder Huaiqui Barría (militante del Partido Socialista que en 1973 tenía 17 años de edad) y por el delito de homicidio frustrado contra José Oporto del Río, ambos con carácter de lesa humanidad.
Según establece la resolución del ministro, la comisión de los ilícitos se remonta a los días posteriores al 11 de septiembre de 1973, cuando ambos ex uniformados concurrieron al sector Calporrupe, en Lago Ranco, debido a que cerca de sesenta personas denunciaban que gente que se encontraba al otro lado de la cordillera les estaba saqueando sus viviendas, razón por la cual comenzaron a indagar en el lugar.
Una vez ahí, los funcionarios policiales observaron que seis personas que salieron de unos matorrales, quienes pertenecían a un grupo de jóvenes socialistas que se dirigían desde Lago Ranco hasta Argentina con la intención de pasar por los pasos fronterizos que exiten en el sector Riñinahue, no teniendo éxito por las condiciones climáticas existentes en el lugar.
En este grupo se encontraban Huaiqui y Oporto, quienes de regreso debieron separarse del grupo mencionado y, cuando iban caminando por una zona boscosa percibieron disparos, motivo por el cual corrieron hacia el puente Nilahue, encontrándose en ese lugar con una emboscada y viéndose rodeados por civiles y uniformados, entre los cuales se encontraba Mamerto Ávila.
Debido a esto, las víctimas escaparon de sus persecutores ingresando al río Nilahue mientras eran perseguidos tanto por los carabineros como los civiles que denunciaron el presunto saqueo. En dicho lugar, los ex uniformados dispararon a Huaiqui y Oporto, este último recibiendo un impacto de bala en la espalda a la altura del pulmón izquierdo, siendo detenido por los civiles que lo golpearon, para luego ser trasladado hasta Río Bueno donde lo dejaron en prisión.
En el caso de Huaiqui, su cuerpo nunca fue encontrado, situación que motivó que su padre, Roberto Huaiqui, presentara en 2008 una solicitud de declaración de muerte presunta ante el Juzgado de Letras y Garantía de Río Bueno, declarándose la muerte presunta de la víctima de autos.
Además, la resolución judicial dicta que ambos ex funcionarios policiales “no realizaron ninguna acción tendiente a impedir la ejecución del ilícito, colaborando asimismo con aquel; además, no denunciaron ni informaron a la superioridad de Carabineros ni otra autoridad del hecho, ni consta que se haya efectuado una investigación, ni la existencia de un registro como consecuencia de la comisión de este hecho”.
Con estos antecedentes, se eleva esta causa a plenario y se acusa a Mamerto Ávila y Carlos Galindo como los autores de homicidio calificado, en su carácter de lesa humanidad, contra Roberto Huaiqui –homicidio calificado consumado– y del delito de homicidio frustrado contra José Oporto.