Llaman a respetar derecho a voto de trabajadores de Los Ríos: Empresas que incumplan arriesgan multas
Desde la Seremi del Trabajo y la Dirección del Trabajo en Los Ríos llamaron a empleadores a respetar el permiso que permite salir del lugar de trabajo para votar en el Plebiscito de este domingo a quienes deban laborar ese día. Empresas que no cumplan arriesgan multas en dinero.
El Seremi del Trabajo en Los Ríos, Hugo Ortiz De Filippi, junto a la Directora Regional del Trabajo (DT) Loreto Yud, recordaron que la DT fiscalizará este domingo 25 de octubre- día del Plebiscito- que se respete el derecho a sufragio de los trabajadores que deban laborar ese día y también el feriado obligatorio de aquellos que laboran en malls y strip center administrados bajo una misma razón social o personalidad jurídica.
Todo lo anterior, en razón a que el día del Plebiscito será feriado legal según lo señala el artículo 180 del DFL N°2 (6-9-2017), norma que ya ha sido aplicada en actos electorales.
Loreto Yud detalló que el organismo “fiscalizará las denuncias que sean recibidas vía telefónica al 600 450 4000 entre las 09:00 y las 14:00 horas del domingo 25. También se recibirán denuncias en el sitio web www.direcciondeltrabajo.cl mediante un banner que se habilitará a partir de las 15:00 del sábado 24 de octubre y hasta las 14 horas del domingo 25”.
Por su parte, el Seremi del Trabajo aseveró que “hacemos un llamado a las empresas a respetar esta norma que permite a los trabajadores y trabajadoras ir a sufragar. Estamos viviendo un proceso republicano de gran importancia, y es por eso que nuestra preocupación, es que se cumpla con lo establecido, sin necesidad de estar cursando multas. Confiamos en el buen criterio de los empleadores de nuestra región”.
Permiso para acudir a votar
Respecto del permiso para sufragar, la DT informó que se fiscalizará el otorgamiento de permiso de dos horas para sufragar a aquellos trabajadores que deban laborar ese día.
Las sanciones que se arriesgan van entre las 9, 30 y 40 Unidades Tributarias Mensuales. Es decir, fluctuarán entre los $453.348 y $2.014.880, dependiendo de si la empresa tiene entre 1 a 49, 50 a 199 y 200 y más trabajadores, respectivamente.
Asimismo, se hará respetar el otorgamiento de permiso laboral a los trabajadores designados como vocales de mesa, miembros de colegios escrutadores o delegados de la Junta Electoral. Las multas aplicables son las mismas del caso anterior.
Los permisos correspondientes deben otorgarse sin descuentos remuneracionales.
Trabajadores del comercio con feriado
La norma legal imperante durante la jornada plebiscitaria también considera el feriado obligatorio para trabajadores del comercio, específicamente para los trabajadores que laboren en malls, strip center u otros centros con varios locales administrados por una misma razón social o personalidad jurídica.
Quedan exceptuados de esta norma quienes laboran en otro tipo de comercio, como supermercados y tiendas ajenas a los complejos comerciales con administración única. También pueden trabajar los dependientes de servicentros, farmacias de urgencia o de aquellas con turnos fijados por la autoridad sanitaria.
En este caso, la DT fiscalizará el otorgamiento de feriado legal obligatorio en aquellos casos en que se presten servicios en centros o complejos comerciales administrados bajo una misma razón social o personalidad jurídica.
Las sanciones por incumplimiento serán de entre 10, 40 y 60 Unidades Tributarias Mensuales, dependiendo de si la empresa tiene entre 1 a 49, 50 a 199 y 200 y más trabajadores, respectivamente. En esta materia los montos de las multas fluctuarán entre $503.720 y $3.022.320.
Finalmente, cabe destacar que la DT emitió el dictamen N° 2760/025 que se refiere a las normas de índole laboral que deben ser respetadas durante la jornada plebiscitaria del próximo domingo.