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Economía Viernes 22 de Diciembre de 2023 | Publicado a las 17:50 | Actualizado a las 17:53

Los Ríos: Multas por incumplir con feriados de Navidad y Año Nuevo pueden superar el millón de pesos

Publicado por: Nicolás Silva
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Imagen de contexto | Unsplash

La Dirección del Trabajo se desplegará por diferentes locales comerciales de la Región de Los Ríos, esto con el fin de fiscalizar los feriados obligatorios e irrenunciables de Navidad y Año Nuevo. Quienes infrinjan la normativa arriesgan multas que pueden superar el millón de pesos.

Se aproximan las fiestas de fin de año y, con ello, aumentan las inspecciones al comercio para verificar el correcto cumplimiento de los feriados irrenunciables y obligatorios del 25 de diciembre y 1 de enero.

Es así como desde la Secretaría Regional Ministerial (SEREMI) del Trabajo entregaron algunas recomendaciones para estas fechas, informando que las personas tendrán que estar fuera de su lugar de trabajo a las 20:00 horas del domingo 24 de diciembre y hasta las 06:00 horas del martes 26 de diciembre. Lo mismo a las 20:00 horas del domingo 31 de diciembre hasta las 06:00 horas del martes 2 de enero del año entrante.

En esa línea, el SEREMI de Trabajo, Rodrigo Leiva, hizo un llamado a respetar estos feriados irrenunciables, ya que “pudimos constatar en nuestro recorrido por el centro de Valdivia que la mayoría de las personas con las que conversamos, trabajadores y empleadores, conocían el reglamento. Sin embargo, es necesario llamar a respetar las normas y evitar sanciones innecesarias durante estas fiestas de fin de año”.

Quienes incumplan con esta normativa arriesgan ser sancionados con multas que van desde las 5 UTM ($321.080 a diciembre del 2023) hasta 20 UTM ($1.284.320 a diciembre de 2023) por cada trabajador afectado por la infracción, considerando también el número total de funcionarios de la empresa.

Los empleadores sorprendidos cometiendo esta infracción deberán cesar las labores de sus trabajadores en forma inmediata, quienes demás tendrán que abandonar sus puestos de trabajo sin perjuicio de cursárseles la multa respectiva.

En tanto, desde la cartera precisaron que las personas que se exceptúan de este feriado obligatorio e irrenunciable son aquellos que desempeñan funciones en restaurantes; establecimientos de entretenimiento como cines, discotecas, pub, clubes; locales comerciales en aeródromos civiles públicos y aeropuertos; casinos de juegos y otros lugares de juegos legalmente autorizados; expendio de combustibles; farmacias de urgencia y de turnos fijados por la autoridad sanitaria.

Por último, también podrán funcionar los negocios que sean atendidos por sus propios dueños y/o familiares directos, ya que no existe relación laboral en estos casos.

Para quienes quieran presentar una denuncia pueden hacerlo a través del sitio web www.direcciondeltrabajo.cl o en el Centro de Atención Laboral de la Dirección del Trabajo mediante el número 600 450 4000, cuyo horario de atención es entre las 09:00 y las 14:00 horas.

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