Multitienda suspendió contrato de trabajadora embarazada: Corte de Valdivia anuló la medida
La Corte de Apelaciones de Valdivia ordenó dejar sin efecto la suspensión de contrato de una trabajadora de la multitienda que se encuentra embarazada.
Según los antecedentes judiciales, el 13 de abril la empresa Ripley informó vía Whatsapp y carpeta electrónica a la afectada que debía firmar “sí o sí” la suspensión de su relación laboral, en el marco de la Ley de protección al empleo, implementada por el gobierno en el contexto de crisis por el COVID-19.
Desde la empresa argumentaron a la Corte Ripley y la trabajadora “suscribieron dicho pacto en forma libre y voluntaria, manifestando (la afectada) su consentimiento y conformidad a través de distintos medios. El pacto reúne todos los requisitos legales”.
Además aseguran “que es incorrecto lo expuesto la trabajadora al indicar que la suspensión de su contrato de trabajo fuera notificado por WhatsApp. De la conversación que acompañó en su recurso se desprende que fue realizada con su jefatura directa previo al otorgamiento del pacto”.
Finalmente, los ministros de la Corte de Apelaciones de Valdivia, acogieron el recurso en favor de la trabajadora que cuenta con fuero maternal, determinando que la acción de la empresa fue arbitraria e ilegal, ordenando “dejar sin efecto la aplicación de la suspensión de la relación laboral, conforme artículo 5 de la ley 21.227 (…) debiendo pagársele en forma íntegra todas sus remuneraciones y beneficios previsionales del tiempo intermedio.