No anularán multa a carabinero autor de vejaciones en Neltume: Tribunal definirá cómo paga
A la espera de que se resuelva cómo deberá pagar, se rechazó un recurso de nulidad presentado por un carabinero condenado por vejaciones injustas en Neltume, con el que se perseguía dar por saldada sus penas de multa.
Dar por pagadas dos condenas de 11 Unidades Tributarias Mensuales es lo que pidió, ante la Corte de Apelaciones de Valdivia, un uniformado que -de acuerdo a la sentencia en su contra- cometió dicho ilícito contra un adolescente de 17 años, tras una protesta en esa localidad de Panguipulli.
En concreto, su defensa recurrió de nulidad alegando que al estar 194 días con la medida cautelar de arresto domiciliario nocturno, correspondía que el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Valdivia homologara esa reclusión con la pena económica, dándola por saldada.
Para esto, se citó el artículo 49 del Código Penal, donde estaría el cálculo matemático que daría sustento la acción legal del carabinero. De todas formas y tras revisar el argumentó, la corte lo rechazó.
“La norma se coloca manifiestamente en una situación hipotética que puede verificarse cuando sea la oportunidad de cumplir con lo ordenado por el Tribunal y ello ocurrir cuando la pena se encuentre en etapa de ejecución”, se lee en la resolución.
A ello, se agregó que “la circunstancia de no tener bienes el condenado para satisfacer la pena de multa, es una circunstancia que debe además comprobarse para que en ese evento pueda imponerse una medida sustitutiva, como la que dispone la norma. Corresponderá en ese eventual escenario al Tribunal de la ejecución determinar lo que corresponda”.
Así, quedará en manos de esa instancia verificar de qué forma se cumple la pena. De acuerdo al fallo que sentenció al uniformado, en caso que se disponga el pago, éste debe efectuarse en un plazo de once meses.