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Judicial Viernes 13 de Enero de 2023 | Publicado a las 21:15 | Actualizado a las 21:15

Procesan a dos excarabineros por homicidio consumado y frustrado de adolescentes en Dictadura en Lago Ranco

Publicado por: Nicolás Silva
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Imagen de archivo | RíoenLínea

Dos ex uniformados fueron sometidos a proceso por su participación en delitos de homicidio consumado y homicidio frustrado contra adolescentes, ilícitos perpetrados durante la Dictadura Cívico-Militar en Lago Ranco.

El Ministro Álvaro Mesa fue quien procesó a ambos imputados y expuso los antecedentes del caso, los cuales se remontan a 1973, en plena Dictadura Cívico-Militar. En esa fecha, Roberto Huaiqui tenía 17 años y militaba en el Partido Socialista al igual que su padre.

Según consigna el auto de procesamiento, los ilícitos se habrían perpetrado días posteriores al 11 de septiembre de ese mismo año. Esto se produjo en las cercanías del río Nilahue –cerca de Lago Ranco–, cuando los ex carabineros Mamerto Ávila y Carlos Galindo concurrieron a un procedimiento policial, en el cual un grupo de personas reclamaban que les estaban saqueando sus viviendas por gente que se encontraba al otro lado de la cordillera.

En el lugar, ambos carabineros vieron a un grupo de seis personas –entre los que se encontraban Huaiqui y Oporto– que sale de unos matorrales y arbusto que, presuntamente, les estaban disparando. Los integrantes aparentemente eran militantes de partidos opositores al régimen dictatorial y buscaban cruzar la frontera desde Lago Ranco a Argentina.

Posteriormente, los ex policías “observaron que Huaqui y Oporto se introdujeron al río Nilahue. Produciéndose a continuación una serie de disparos sobre los cuerpos de Roberto Huaqui y su amigo José Jovin Oporto. Roberto Huaqui recibió un impacto de bala, comenzó a perder vitalidad mientras la corriente del río se lo llevaba. Por otra parte, José Jovin Oporto, su amigo acompañante, recibió un disparo en la espalda a la altura del pulmón izquierdo”, detalla la resolución judicial.

El cuerpo de Huaqui no apareció, motivando a la familia a buscarlo por el río en el que se produjo el hecho. En 2008, el hermano de la víctima presentó ante el Juzgado de Letras y Garantía de Río Bueno una solicitud de Declaración de Muerte Presunta, la cual se dictó sentencia definitiva en 2012, declarando la muerte presunta de la víctima.

El dictamen planteó que ambos uniformados estaban en el grupo de personas que dio muerte a la víctima y que “no realizaron ninguna acción tendiente a impedir la ejecución del ilícito, colaborando asimismo con aquel; además no denunciaron ni informaron a la superioridad de Carabineros ni a otra autoridad del hecho”.

A raíz de estos antecedentes, la resolución consigna que, “se somete a proceso a Mamerto Tercero Ávila González y a Carlos Emilio Galindo Ruiz como autores de los delitos de homicidio calificado, en su carácter de lesa humanidad, en la persona de Roberto Eder Huaqui Barría, (Homicidio calificado consumado) y en la persona de José Jovin Oporto del Rio, del delito de homicidio frustrado, perpetrado en la comuna de Lago Ranco”.

El escrito judicial estipula que se les decretó a ambos procesados la medida cautelar de arresto domiciliario total, esto considerando la edad de ambos exuniformados y la situación sanitaria en que se encuentra el país. Se consideró esta medida dado que “la libertad de los procesados constituye un peligro para la seguridad de la sociedad”.

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