RíoenLínea
Judicial Martes 28 de Febrero de 2023 | Publicado a las 11:52 | Actualizado a las 11:52

Prohibición de embarcaciones a motor en lagos de Panguipulli se cae tras fallo de la Corte Suprema

Publicado por: Gabriel Vallejos
Visitas 6080
Imagen de contexto | Pixabay

La Corte Suprema dejó sin efecto la ordenanza municipal que prohibía la circulación de embarcaciones motorizadas en tres lagos de Panguipulli, luego de acoger las apelaciones presentadas por particulares.

Por más de un año se ha extendido el proceso judicial por el tema, originado en la resolución aprobada en diciembre del 2021 por el Concejo Municipal de dicha comuna, con la cual se buscaba restringir el uso de cualquier embarcación que utilizara hidrocarburos para su funcionamiento, esto en los lagos Calafquén, Pullinque y Pellaifa.

La disposición tuvo reveses inmediatos, luego que la propia Armada enviara un requerimiento a la Contraloría para que se pronunciara sobre su legalidad, mientras que particulares fueron a tribunales para revertirla. Fue en este contexto que la controvertida ordenanza no entró en vigencia, a la espera de las resoluciones pendientes.

En primera instancia, los particulares no tuvieron éxito, ya que la Corte de Apelaciones de Valdivia rechazó un recurso de protección para frenar la medida. Sin embargo, acudieron a la Corte Suprema, tribunal que decidió acoger el planteamiento.

El fallo del máximo tribunal establece que la ordenanza, “carece de una sólida base técnica, manifestada en informes y presentaciones científicas de expertos en la materia y la normativa contemporánea sobre protección del medio ambiente”.

Cuestión diametralmente opuesta es la que manifestó a RioenLinea la abogada Karina Riquelme, que en representación de 14 lof de la cuenca del Calafquén, calificó la decisión como una “pésima noticia y una muy triste resolución”.

La profesional recordó que la decisión de prohibir la circulación de las embarcaciones a motor se logró tras distintas conversaciones entre la Municipalidad, las comunidades y la sociedad civil.

Este diálogo no fue respetado por la Corte Suprema y va a traer como consecuencia entonces que los lagos se sigan contaminando, lo que nos parece irrisorio. No sabemos bien cuál es la intención de la Corte Suprema al decidir autorizar a unos pocos visitantes temporales, que mantienen propiedades a las orillas del Calafquen y tienen lanchas, porque no es la comunidad que vive en el sector y que habitan todo el año en el lugar quienes usan lanchas y vehículos motorizados, sino que se trata de personas que tienen una doble vivienda y que la habitan solo para recrearse. El derecho a recrearse de estas personas, que están individualizadas en todos los recursos, incluida una inmobiliaria, no puede ser más importante que el derecho a preservar el agua y la vida para las generaciones venideras”, alegó la abogada.

Con esta resolución, se cae la ordenanza municipal, cuestión que según la abogada traerá un fuerte perjuicio a los ecosistemas de los tres lagos, augurando que la actividad de las embarcaciones ocasionará perjuicios que llevarían a los cuerpos de agua a sufrir niveles de contaminación similares al lago Villarrica.

Comentarios