RíoenLínea
Social Lunes 22 de Marzo de 2021 | Publicado a las 14:12 | Actualizado a las 14:33

¿Quiénes pueden excusarse de ser vocal de mesa en Los Ríos?: Plazo vence el miércoles

Publicado por: Constanza Riquelme
Visitas 3499
Imagen de contexto | RioenLinea

Hasta este miércoles 24 de marzo estará abierta la posibilidad para quienes han sido designados como vocales de mesa en Los Ríos para excusarse de su rol, en el contexto de las elecciones de abril de este año.

Este fin de semana el Servicio Electoral (SERVEL) publicó la nómina de vocales de mesa designados por las Juntas Electorales para las Elecciones de Convencionales Constituyentes, Gobernadores Regionales, Alcaldes y Concejales del 10 y 11 de abril de 2021.

También ha sido publicado el listado de miembros de Colegios Escrutadores, Locales de Votación, Delegados y recintos en que funcionarán los Colegios Escrutadores, datos que pueden ser revisados en consulta.servel.cl/

¿Cuáles son las causales de excusa para ser vocal de mesa?

Quienes hayan resultado convocados a participar como vocales de mesa este 10 y 11 de abril, pero que estén en alguna de las causales contempladas por la ley 18.700 para excusarse de cumplir ese rol, tendrán plazo hasta el miércoles 24 de marzo para hacerlo ante la Junta Electoral que les corresponda.

Los motivos que por ley permiten excusarse son:

  • Tener 60 o más años de edad.
  • Desempeñarse como cuidadoras o cuidadores de adultos mayores o personas con necesidades especiales y quienes se desempeñen en los establecimientos de larga estadía para adultos mayores (ELEAM).
  • Mujeres embarazadas, durante todo el período de gestación.
  • Madre o padre de hijos menores de dos años.
  • Estar el vocal comprendido entre las causales de inhabilidad contempladas en el artículo 45 de la Ley N° 18.700 o haber sido designado miembro del Colegio Escrutador.
  • Estar ausente del país o radicado en alguna localidad distante más de 300 kilómetros o con la que no haya comunicaciones expeditas, hecho que calificará la Junta Electoral respectiva.
  • Tener que desempeñar en los mismos días y horas de funcionamiento de las Mesas, otras funciones que encomiende la Ley N° 18.700.
  • Estar física o mentalmente imposibilitado de ejercer la función, circunstancia que deberá ser acreditada con certificado médico.
  • Cumplir labores en establecimientos hospitalarios en los mismos días en que funcionen las Mesas Receptoras de Sufragios, lo que deberá acreditarse mediante certificado del director del respectivo establecimiento de salud.

Para este proceso de elecciones, el SERVEL detalló que la Ley 21.317 contempla el pago de 60 mil pesos para los vocales que concurran el 10 y 11 de abril a cumplir con su labor.

¿Qué pasará con los vocales que no se excusen y no concurran?

El SERVEL informó que aquellas personas que sin haberse excusado por algún motivo legal no concurran a desempeñar su función de vocal de mesa, incurrirán en una infracción electoral.

Dicha infracción es sancionada con una multa a beneficio municipal que va desde 2 a 8 U.T.M (8 U.T.M= $411.912), según el artículo 151 de la Ley Nº 18.700.

El próximo sábado 27 de marzo se publica la nómina de vocales reemplazantes. En esta instancia la ley no contempla excusas.

En Los Ríos son cinco las Juntas Electorales. Revisa aquí sus teléfonos, correos y direcciones https://www.servel.cl/juntas-electorales/

Comentarios