Sobreseen a Intendente Asenjo y a su esposa en investigación por imágenes de sus hijos con armas
Revuelo causó hace unos meses las imágenes que el Intendente César Asenjo tenía en sus redes sociales, donde aparecían sus hijos –menores de edad- portando armas.
La serie de imágenes –que datan de algunos años atrás, en diferentes periodos- mostraban a dos de los hijos del Intendente Asenjo portando armas, tras lo cual la máxima autoridad regional reconoció que se trató de un “error”. Sin embargo, desde la oposición acusaron que más allá de un “error”, había un “delito” de por medio, incluso solicitando su renuncia.
Tras ello, la Fiscalía inició una investigación de oficio, por lo cual la Fiscal Jefe de Valdivia, Tatiana Esquivel, emprendió indagatorias que incluyeron las declaraciones del mismo César Asenjo.
RioenLinea, conoció que el pasado 11 de septiembre en el Tribunal de Garantía de Río Bueno –comuna de residencia de intendente, y donde se habrían tomado las imágenes- se llevó a cabo una audiencia donde la Fiscalía solicitó el sobreseimiento definitivo de César Asenjo y su esposa, Karina Osman, ya que ambos estaban siendo investigados.
Esquivel, solicitó el sobreseimiento definitivo de Asenjo y Osman, porque en base a las diligencias decretadas, no se hallaron hechos constitutivos de delitos.
Dentro de la investigación se constató que en algunas imágenes los menores portaban una arma de aire comprimido y otra, de fuego, la cual estaba inscrita a nombre de Karina Osman.
Según los argumentos presentados por la Fiscal Esquivel al tribunal para solicitar el sobreseimiento definitivo de la investigación –a los cuales accedió este medio- la Fiscalía estimó que “los hechos investigados no alcanzan a cubrir el tipo penal contemplado en el artículo 10 letra A de la Ley de Control de Armas, debido a que los verbos rectores “entregar”, “permitir” y “mera imprudencia” buscan castigar a quienes facilitan el uso de armas a menores de edad para que éstos las porten, transporten y/o utilicen con fines delictivos, es decir que los menores de edad estén en condiciones de realizar conductas que si fueran adultos, serían constitutivas de un delito de porte y/o tenencia de arma de fuego en los términos de los artículos 9 y 11 de la misma Ley”.
Ante estos argumentos de parte del Ministerio Público y otros aportados por el Defensor Penal Público Regional, Luis Soto, -quien defendió a Asenjo y Osman- el Tribunal de Garantía de Río Bueno decretó el sobreseimiento definitivo de ambos por no tratarse de hechos constitutivos de delitos.
Consultados por RioenLinea, desde la Intendencia de Los Ríos aseguraron que Asenjo no emitiría comentarios al respecto.