Suprema resolverá recurso contra sentencia de condenado por malversación en Hospital de La Unión
La Corte Suprema revisará y resolverá un recurso de nulidad, que busca retrotraer la sentencia en contra de uno de los condenados por la millonaria malversación de caudales públicos, ocurrida en el Hospital de La Unión.
Acusando una errónea aplicación del derecho en el fallo y asegurando que su representado no actuó con dolo, la abogada defensora de Andrés Carrasco Solis efectuó dicha acción legal, contra la sentencia dictada por el Tribunal de Juicio Oral en Lo Penal de Valdivia el 30 junio, que lo sentenció a 12 años de presidio y a una multa de casi 2.900 millones de pesos.
En conversación con RioenLinea, la abogada Eliana Angulo, argumenta que el cobro de cheques en blanco -mecanismo utilizado para sustraer más de 1.448 millones de pesos en un lapso de siete años- sólo era conocido por el co acusado en esta causa, José Martínez Escalona, por tener un cargo superior al de su representado.
“Tal vez hubo culpa, tal vez hubo falta de cuidado, pero no así la intención de malversar o queriendo que otro lo haga. Como para nosotros no existía este elemento, el elemento subjetivo que es el dolo, malamente podríamos encuadrar la acción en una típica como la malversación”, afirmó.
En el recurso, en tanto, la jurista también asegura que su defendido desconocía que los cheques “eran para girarlos de la cuenta corriente de la institución para beneficio personal de su jefatura, pues bien, esto no fue relevante ni valorado por el tribunal (…) Si bien se acreditó que Carrasco Solís obedecía esta orden de pedir estos cheques para hacerlos llegar a su jefe, no los retiró para sí, ni tampoco sabía que un tercero, en este caso era el Sr Martínez, los llenaba y cobraba para sí, mediante una conducta que dicho sea de paso, estaría acreditada y percibida como válida por las demás funcionarias del departamento de contabilidad”.
Así, la defensa -al igual que en la etapa de juicio- asegura que la resolución de declarar culpable y sentencias a dicha pena a su representado se basa fundamentalmente en los testimonios de José Martínez Escalona, pero “omitiendo referirse en su fundamentación acerca de porqué deciden otorgar validez a los dichos del co acusado”.
Tomando en cuenta estos antecedentes y amparándose en la letra b artículo 373 del Código Procesal Penal, el recurso pide que se reemplace la sentencia de 12 años por una absolutoria; mientras que en subsidio, se invoca el artículo 374 del mismo cuerpo legal, solicitando la anulación de la sentencia y también del juicio, para repetirlo con un tribunal no inhabilitado.
Sin embargo, la defensa agregó un segundo subsidio, en caso de que las dos peticiones anteriores sean desestimadas, en el cual -nuevamente basándose en el artículo 373 del Código Penal, pero en su letra a- se busca que la pena sea rebajada a 7 años y sin costas, debido a que el acusado sí habría colaborado para esclarecer los hechos.
La acción fue declarada admisible por parte del Tribunal de Juicio Oral en Lo Penal de Valdivia, siendo derivada a la Corte Suprema para su revisión.