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Judicial Jueves 09 de Mayo de 2019 | Publicado a las 20:18 | Actualizado a las 20:31

Valdivia: Corte obliga a FONASA y el Ministerio de Salud a adquirir e implantar válvula para paciente con enfermedad cardíaca

Publicado por: Diego Malverde
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Corte de Apelaciones Valdivia | RioenLinea

La Corte de Apelaciones de Valdivia ordenó FONASA -organismo dependiente del Ministerio de Salud- a adquirir e implantar una válvula denominada TAVI, requerida Lludith Sánchez Martínez, quien posee una severa patología cardíaca.

Lo anterior, debido a que la hija de la paciente presentó un recurso de protección acogido en fallo unánime por la Primera Sala del Tribunal de Alzada compuesta por los Ministros Juan Ignacio Correa, Carlos Gutiérrez y el abogado Luis Felipe Galdames.

“Una de las principales razones esgrimidas por Fonasa, para negarse a adquirir la Válvula TAVI y posterior intervención quirúrgica, necesaria para la enfermedad que presenta doña Lludith Sánchez, la cual es de carácter progresivo, de rara ocurrencia y mortal, consiste en que esa repartición pública, cuenta con limitados recursos, que no están considerados en la ley de presupuesto”, sostiene el documento.

El fallo añade que “si bien son ciertas las observaciones de carácter económico realizadas por FONASA (…) estas no debieran invocarse cuando está comprometido el derecho a la vida y a la integridad física o psíquica de una persona, derecho que se encuentra consagrado en (…) la Constitución Política de la República, que prevalece respecto de los distintos cuerpos normativos citados por FONASA”.

A juicio de los integrantes de la sala, la negativa del organismo gubernamental es “un acto arbitrario que amenaza una garantía fundamental, toda vez, que la actora (paciente) no se encuentra en condiciones de costear su adquisición y posterior intervención para el implante de la misma”.

Por lo tanto, FONASA y el MINSAL “deberán realizar las gestiones necesarias para la adquisición de la válvula TAVI y posterior intervención quirúrgica, en el Hospital de alta complejidad de Temuco y en subsidio en un Hospital de alta complejidad en Santiago que cuente con la capacidad profesional y técnica para esta intervención; todos esto de acuerdo a los prescripciones de sus médicos tratantes y en el menor plazo posible”.

  • Revisa aquí el fallo completo

 

 

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